Más que gripa, el ex Ministyro arias tendría neumonía por pliego del Procurador
Tomado de La Silla Vacía
Foto: Francisco De La Hoz
El rescate de los mineros chilenos, que copó la agenda de los medios todo el día de ayer, hizo que el contenido concreto del fallo del Procurador contra Andrés Felipe Arias pasara relativamente inadvertido. Solo se supo del pliego de cargos y de la respuesta de 'Uribito' quien tras conocer la notificación del pliego de cargos en su contra dijo que se sentía tranquilo: “Esto parecía como un cáncer y hoy vamos ya en una gripa, es como si me hubieran acusado de soltar una bomba atómica y ya vamos en una volada de un semáforo que tampoco me volé”, dijo y anunció que demostraría su inocencia.
Pero tras leer la decisión de más de 300 páginas en su totalidad, se concluye que Arias tendrá que a emplearse a fondo en su defensa para no quedar por fuera de la actividad política durante la próxima década. El Procurador lo acusa de tres faltas gravísimas y una grave, unas con culpa gravísima y otras con dolo, que constituyen las infracciones más altas al código disciplinario y que contemplan sanciones hasta de 20 años de inhabilidad para ejercer cargos públicos.
Estos fueron los cargos del Procurador contra Arias y las evidencias encontradas por Alejandro Ordoñez:
1. Realizó contratos millonarios sin estudios técnicos, financieros o jurídicos
Convenios suscritos con el IICA –que superan los 180 mil millones- se realizaron sin estudios para “definir la necesidad que la entiedad pretendía satisfacer y que comprendía como mínimo una definición de las condiciones del contrato a celebrar y un análisis de riesgos lo que no se cumplió (…) No se sabe cuáles eran los criterios que debía tener en cuenta el contratista –IICA- para seleccionar los interventores, tan es así que como parte de las obligaciones de un convenio especial de ciencia y tecnología se terminó contratando publicidad”, dice el fallo.
La presunta falta disciplinaria es calificada provisionalmente como gravísima y actuó a título de culpa gravísima por desatención elemental de sus obligaciones.
Defensa de Arias: cuando los convenios llegaron para su firma ya debían cumplir todos los requisitos plasmados en manual de contratación del Ministerio de Agricultura. Admite que no corroboró la existencia de los estudios.
2. Entregó subsidios sin que hubiera reglas claras para asignarlos.
“No se incluyeron reglas claras, justas y completas en torno a la asignación de los apoyos económicos pese a que había sido advertido de estas deficiencias a través del informe presentado por Econometría SA en junio de 2007”, dice el fallo. “Esto provocó que durante 2008 se aprobaran proyectos de riego y drenaje sin el lleno de los requisitos al igual que la asignación de apoyos económicos a proyectos que no contaban con estudios serios”.
El Procurador también destaca que el IICA viabiliza mediante ‘acta del proceso de revisión de proyectos no viables’ proyectos declarados inicialmente no viables por el panel de evaluadores y sin que se subsanaran las observaciones descritas por el panel evaluador y por los expertos, se fimaran los acuerdos de financiamiento”.
El Procurador demuestra cómo la firma Econometría contratada por el IICA “propuso que el valor de los subsidios fuera mayor para los pequeños productores y menor para los medianos y grandes productores. Estas advertencias no fueron tenidas en cuenta por el Ministro al momento de la aprobación de los términos de referencia”.
Dice que los estudios requeridos para aplicar a los subsidios eran tan costosos que no podían ser sufragados por un pequeño agricultor. “Tanto los pequeños como los grandes productores compitieron en igualdad de condiciones”, dijo, cuando claramente no eran iguales.
Frente al tema del fraccionamiento de predios, que ha sido el que más atención mediática ha tenido, el Procurador encontró pruebas de que “en general, los contratos de arrendamiento se firmaron días antes o concomitantes con la presentación de los proyectos, así como los cánones pactados contemplan sumas por debajo de los precios reales en comparación con las hectáreas arrendadas o con los cultivos ya existentes”.
Entre las pruebas está un testimonio de uno de los beneficiarios, Álvaro Vives Lacouture, que dice: “Dentro de los documentos que se aportaron en los proyectos se aportó el folio de la matrícula inmobiliaria donde fácilmente se puede ver que es el mismo folio que corresponde a la misma hacienda, por consiguiente ¿dónde puede existir un engaño?”.
No se implementaron mecanismos de seguimiento y evaluación del componente de riego y drenaje para determinar su cumplieron o no con la ley.
Por este cargo, el Procurador le atribuye una falta gravísima y culpa gravisima
Defensa de Arias: “Como Ministro daba los lineamientos generales para cada convocatoria de riego. Nunca podía llegar hasta la parte operativa y mucho menos hasta el detalle técnico de selección y adjudicación de proyectos en cada convocatoria.”
El Procurador desestima esta defensa pues dice que Arias hacía reuniones semanales de gabinete, y que allí se presentó el informe de la directora de Desarrollo Rural en el que se deja plasmado informe de Econometría advirtiendo sobre estas fallas, incluyendo el del uso del arrendamiento para burlar topes.
3. Mintió para eludir licitación
El Procurador acusa a Arias de decir que el convenio con el IICA comprendía actividades de ciencia y tecnología con la “finalidad de prescindir del proceso licitatorio, cuando en realidad su objeto no correspondía a actividades de ciencia y tecnología” sino a la implementación de una convocatoria pública para asignar los subsidios de Agro Ingreso Seguro.
El Procurador demuestra que Arias realizó contratos directos de publicidad con la emprea Initiative Media Colombia por 6.600 millones cuando ha debido convocar una licitación pública.
Por este cargo, el Procurador acusa a Arias de falta gravísiama y a título de dolo.
Defensa de Arias: el ex Ministro explicó que una “tecnología es la forma como se combinan diferentes insumos productivos o factores de producción (capital, trabajo, tierras) para obtener un determinado producto” y que un avance tecnológico se da “cuando al utilizar la misma cantidad de insumos productivos o factores de producción se logra obtener una mayor cantidad de producto”. Y que por lo tanto, llevar riego y drenaje a las fincas equivalía a incorporar un avance tecnológico.
El Procurador no aceptó su argumento: “Aceptar esta tesis equivaldría a elevar el avance tecnológico a aquellas actividades de gestión necesarias para el desarrollo de un proceso licitatorio o en el mejor de los casos, dar ese carácter de avance tecnológico a la ejecución de un contrato de interventoría o a un contrato de publicidad”.
4. Se voló los topes para los gastos de administración y operación de AIS.
El Procurador concluye que Arias autorizó que gastos administrativos del programa superaran en 2008 el límite fijado en más de 3 mil millones de pesos.
El Procurador no aceptó la forma de presentación de los gastos contables que incluían, por ejemplo, en el rubro de divulgación gastos de viáticos, logística y tiquetes. O bajo el rubro de ‘filtro operativo’, gastos de papelería, mensajería o logística.
Defensa de Arias: presenta orden de archivo de la investigación fiscal por parte de la Contraloría que dice que no hubo detrimento fiscal del patrimonio del Estado. Pero el Procurador no acepta el argumento pues dice que la decisión de la Contraloría se refiere a los términos de referencia y fraccionamiento y no a los demás cargos.
El Procurador lo acusa de falta grave en grado de dolo
Foto: Francisco De La Hoz
El rescate de los mineros chilenos, que copó la agenda de los medios todo el día de ayer, hizo que el contenido concreto del fallo del Procurador contra Andrés Felipe Arias pasara relativamente inadvertido. Solo se supo del pliego de cargos y de la respuesta de 'Uribito' quien tras conocer la notificación del pliego de cargos en su contra dijo que se sentía tranquilo: “Esto parecía como un cáncer y hoy vamos ya en una gripa, es como si me hubieran acusado de soltar una bomba atómica y ya vamos en una volada de un semáforo que tampoco me volé”, dijo y anunció que demostraría su inocencia.
Pero tras leer la decisión de más de 300 páginas en su totalidad, se concluye que Arias tendrá que a emplearse a fondo en su defensa para no quedar por fuera de la actividad política durante la próxima década. El Procurador lo acusa de tres faltas gravísimas y una grave, unas con culpa gravísima y otras con dolo, que constituyen las infracciones más altas al código disciplinario y que contemplan sanciones hasta de 20 años de inhabilidad para ejercer cargos públicos.
Estos fueron los cargos del Procurador contra Arias y las evidencias encontradas por Alejandro Ordoñez:
1. Realizó contratos millonarios sin estudios técnicos, financieros o jurídicos
Convenios suscritos con el IICA –que superan los 180 mil millones- se realizaron sin estudios para “definir la necesidad que la entiedad pretendía satisfacer y que comprendía como mínimo una definición de las condiciones del contrato a celebrar y un análisis de riesgos lo que no se cumplió (…) No se sabe cuáles eran los criterios que debía tener en cuenta el contratista –IICA- para seleccionar los interventores, tan es así que como parte de las obligaciones de un convenio especial de ciencia y tecnología se terminó contratando publicidad”, dice el fallo.
La presunta falta disciplinaria es calificada provisionalmente como gravísima y actuó a título de culpa gravísima por desatención elemental de sus obligaciones.
Defensa de Arias: cuando los convenios llegaron para su firma ya debían cumplir todos los requisitos plasmados en manual de contratación del Ministerio de Agricultura. Admite que no corroboró la existencia de los estudios.
2. Entregó subsidios sin que hubiera reglas claras para asignarlos.
“No se incluyeron reglas claras, justas y completas en torno a la asignación de los apoyos económicos pese a que había sido advertido de estas deficiencias a través del informe presentado por Econometría SA en junio de 2007”, dice el fallo. “Esto provocó que durante 2008 se aprobaran proyectos de riego y drenaje sin el lleno de los requisitos al igual que la asignación de apoyos económicos a proyectos que no contaban con estudios serios”.
El Procurador también destaca que el IICA viabiliza mediante ‘acta del proceso de revisión de proyectos no viables’ proyectos declarados inicialmente no viables por el panel de evaluadores y sin que se subsanaran las observaciones descritas por el panel evaluador y por los expertos, se fimaran los acuerdos de financiamiento”.
El Procurador demuestra cómo la firma Econometría contratada por el IICA “propuso que el valor de los subsidios fuera mayor para los pequeños productores y menor para los medianos y grandes productores. Estas advertencias no fueron tenidas en cuenta por el Ministro al momento de la aprobación de los términos de referencia”.
Dice que los estudios requeridos para aplicar a los subsidios eran tan costosos que no podían ser sufragados por un pequeño agricultor. “Tanto los pequeños como los grandes productores compitieron en igualdad de condiciones”, dijo, cuando claramente no eran iguales.
Frente al tema del fraccionamiento de predios, que ha sido el que más atención mediática ha tenido, el Procurador encontró pruebas de que “en general, los contratos de arrendamiento se firmaron días antes o concomitantes con la presentación de los proyectos, así como los cánones pactados contemplan sumas por debajo de los precios reales en comparación con las hectáreas arrendadas o con los cultivos ya existentes”.
Entre las pruebas está un testimonio de uno de los beneficiarios, Álvaro Vives Lacouture, que dice: “Dentro de los documentos que se aportaron en los proyectos se aportó el folio de la matrícula inmobiliaria donde fácilmente se puede ver que es el mismo folio que corresponde a la misma hacienda, por consiguiente ¿dónde puede existir un engaño?”.
No se implementaron mecanismos de seguimiento y evaluación del componente de riego y drenaje para determinar su cumplieron o no con la ley.
Por este cargo, el Procurador le atribuye una falta gravísima y culpa gravisima
Defensa de Arias: “Como Ministro daba los lineamientos generales para cada convocatoria de riego. Nunca podía llegar hasta la parte operativa y mucho menos hasta el detalle técnico de selección y adjudicación de proyectos en cada convocatoria.”
El Procurador desestima esta defensa pues dice que Arias hacía reuniones semanales de gabinete, y que allí se presentó el informe de la directora de Desarrollo Rural en el que se deja plasmado informe de Econometría advirtiendo sobre estas fallas, incluyendo el del uso del arrendamiento para burlar topes.
3. Mintió para eludir licitación
El Procurador acusa a Arias de decir que el convenio con el IICA comprendía actividades de ciencia y tecnología con la “finalidad de prescindir del proceso licitatorio, cuando en realidad su objeto no correspondía a actividades de ciencia y tecnología” sino a la implementación de una convocatoria pública para asignar los subsidios de Agro Ingreso Seguro.
El Procurador demuestra que Arias realizó contratos directos de publicidad con la emprea Initiative Media Colombia por 6.600 millones cuando ha debido convocar una licitación pública.
Por este cargo, el Procurador acusa a Arias de falta gravísiama y a título de dolo.
Defensa de Arias: el ex Ministro explicó que una “tecnología es la forma como se combinan diferentes insumos productivos o factores de producción (capital, trabajo, tierras) para obtener un determinado producto” y que un avance tecnológico se da “cuando al utilizar la misma cantidad de insumos productivos o factores de producción se logra obtener una mayor cantidad de producto”. Y que por lo tanto, llevar riego y drenaje a las fincas equivalía a incorporar un avance tecnológico.
El Procurador no aceptó su argumento: “Aceptar esta tesis equivaldría a elevar el avance tecnológico a aquellas actividades de gestión necesarias para el desarrollo de un proceso licitatorio o en el mejor de los casos, dar ese carácter de avance tecnológico a la ejecución de un contrato de interventoría o a un contrato de publicidad”.
4. Se voló los topes para los gastos de administración y operación de AIS.
El Procurador concluye que Arias autorizó que gastos administrativos del programa superaran en 2008 el límite fijado en más de 3 mil millones de pesos.
El Procurador no aceptó la forma de presentación de los gastos contables que incluían, por ejemplo, en el rubro de divulgación gastos de viáticos, logística y tiquetes. O bajo el rubro de ‘filtro operativo’, gastos de papelería, mensajería o logística.
Defensa de Arias: presenta orden de archivo de la investigación fiscal por parte de la Contraloría que dice que no hubo detrimento fiscal del patrimonio del Estado. Pero el Procurador no acepta el argumento pues dice que la decisión de la Contraloría se refiere a los términos de referencia y fraccionamiento y no a los demás cargos.
El Procurador lo acusa de falta grave en grado de dolo
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