Fue absuelto, pero todos apelaron la decisión

El ex director es felicitado tras el fallo absolutorio por un amigo

El caso del ex director del Das Guajira

Por: Francisco De La Hoz Sarmiento

El ex director del DAS de La Guajira, John Carlos Cuellar Gómez y su jefe Operativo Arnobio González Guzmán, fueron absueltos del delito de concusión agravada, en un proceso que se les sigue tras las denuncias de un ciudadano que argumentó venir siendo constreñido por los dos ex funcionarios para que les depositara dinero a cambio de no proceder con la captura y entrega de su compañera permanente quien venía siendo solicitada en extradición.
Se trata del comerciante William Ospino Bermúdez, quien le aseguró a los investigadores del CTI que los dos servidores públicos, hoy aún suspendido de sus funciones, habían hostigado a su compañera permanente Lady Constanza Sánchez Pérez y a él mismo, con el pretexto de no hacer efectiva la captura de esta, quien estaba siendo solicitada en extradición por el gobierno de Bélgica, bajo la sindicación de actividades relacionadas con el narcotráfico. Dijo que inicialmente le habían solicitado una suma de dinero, luego le aumentaron y finalmente decidió denunciarlos ante las autoridades competentes.
Un proceso que se dilató en el tiempo
El proceso siguió su curso, con muchos altibajos, propios de las argumentaciones de los diferentes sujetos procesales, quienes en algunos casos quisieron dilatar los términos y en otros recurrieron tanto que el proceso, desarrollado bajo el ‘nuevo’ sistema, demoró mucho más tiempo del que muchos habían presupuestado.
Al final, tras la ausencia de quienes fueron presentados como testigos claves, y con poco estrategia y eficacia de la Fiscalía, el juez dictó sentencia en estos términos: “Absolver a los señores John Carlos Cuellar Gómez (…) y Arnobio González Guzmán, por el delito de concusión agravada por el cual fueron llamados a responder en juicio criminal por la Fiscalía General de la Nación, a través de una de las delegadas en la ciudad de Bogotá. Atendiendo a que tanto el fiscal como el defensor de John Cuellar y los dos imputados, interpusieron el recurso de alzada, se le concede el mismo en el efecto suspensivo ante el superior funcional es decir el Tribunal Superior de Justicia de la Guajira”.
No es que los ex funcionarios no quieran la libertad
Dejar las cosas de esta manera se podría entender como un contrasentido. No es que John Cuellar y Arnobio González, no quieran su absolución y libertad, lo que ocurre es que los términos en los que se dio la decisión del juez, los podría dejar al margen de algunas pretensiones de demandas en contra del Estado que los dejó a ellos por fuera de su trabajo y ahora los absuelve por las imputaciones que les hizo a través de la Fiscalía.
Algunas de esas consideraciones del juez son “según se evidencia de la causa penal que ocupa nuestra atención los enjuiciados en el asunto de la referencia, para el día de los autos, si desplegaron ciertos actos, tales como, entre otros, materializar la captura de la señora Lady Constanza Sánchez Pérez, la cual era pedida en extradición por Bélgica, al igual que, concretamente el director del DAS sin tener competencia para ello, mostró un interés desmedido en lo que toca al exequátur, amén de otras actividades que en forma directa o indirecta, tienen estrecha relación, con la eventual remisión, en su calidad de extraditada, al país ya mencionado, de la señora antes citada; esto nos lleva a señalar que el fallo absolutorio que se ha de proferir, no estará apoyado en la total y absoluta inocencia de los llamados a responder en juicio criminal , sino que el susodicho fallo se soporta en el mandato legal, de que toda duda se debe resolver a favor del sindicado, principio rector este que no admite excepción de ningún tipo y, en esa medida, la decisión debe ser, repetimos, la de absolver a los acusados con fundamento en la falta de certeza, sobre la ocurrencia del hecho y su responsabilidad, conclusión a la cual se llega, como ya lo hemos indicado, de observar la falta de medios de prueba”.
Los resultados de la apelación presentada por los diferentes sujetos procesales y que debe resolver el Tribunal Superior de Justicia de la Guajira, se podrían conocer en el curso de la presente semana, con lo cual quedaría en firme la decisión el Juez Moisés Ávila Sierra.

Comentarios

Entradas populares de este blog

Destitución e inhabilidad por diez años para ex alcalde de San Juan

Dos niñas fueron abusadas sexualmente en el puente de fin de semana

En Barranquilla mataron a esposo de ex alcaldesa Eira Gómez